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sábado, 12 de julio de 2014

Mercancía seca y medicamentos retuvo la Guardia Nacional D14

ACCIONES DE 2DA Y 3RA CIA

- Pegamento, suplementos vitamínicos y productos para la higiene forman parte de los artículos decomisados

prensad14@gmail.com

Un lote de pego industrial, medicamentos y productos para la limpieza decomisaron militares de la 2da y 3era compañía del Destacamento 14, tras aplicarse las revisiones de rutina en cada una de las unidades operativas, conforme informara el Teniente Coronel (GNB) Leonardo Vinci Bonetto comandante del D14.
Vinci Bonetto indico que en primer término se decomisó en el punto de control Libertad, por la carretera nacional que Apure-Barinas, cerca de tonelada y media de artículos para la higiene, como suavizantes, champú, jabón, pañales desechables, afeitadores, toallas sanitarias, entre otros cuyo valor se estimó en 93.824 Bolívares Fuertes.
-Esta mercancía era trasladada desde el municipio Barinas hacia el municipio Rojas del Estado Barinas. La causa de retención: Presunto boicot y transgresión a lo establecido en los artículos Nº 32 Y 55 de la Ley de Precios Justos.
En el peaje Santa Bárbara ubicado a la salida de la capital del municipio Ezequiel Zamora de Barinas. Esta mercancía la levaban bajo la modalidad de encomienda desde San Antonio del Táchira y la cual tenía como destino la ciudad de Caracas, Distrito Capital. La causa del decomiso fue: No presentar los documentos de importación del referido producto por lo que se presume la transgresión a lo establecido en el artículo N° 07 de la Ley sobre el Delito de Contrabando. La mercancía será enviada a orden de la aduana principal del Amparo.
En este mismo punto – continuo Vinci – se detectó aproximadamente 86 kilogramos de suplementos o medicamentos naturales, entre ellos las conocidas capsulas de quinchoncho, cartílago de tiburón, entre otros.
-Los mencionados productos se presume sean de dudosas procedencia y el vehículo no está autorizado para el transporte de referido producto. Se presume Transgresión a los artículos: 1 y 5 literal 5 párrafo 58 de la Ley de Medicamentos y el articulo 1,4 y 29 de las normas sanitarias.
Cada uno de estos casos ya está a órdenes de los organismos correspondientes que continuaran las actuaciones respectivas y establecerán las responsabilidades respectivas – finalizó el Teniente Coronel Leonardo Vinci.-

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