EN SUCRE Y ZAMORA
• Parte de la madera decomisada fue hallada oculta en grandes cantidades de aserrín.
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Importantes lotes de madera retuvieron los militares de la 2da Compañía del Destacamento 14, bajo la presunción de irregularidades, en los municipios Antonio Jose de Sucre y Ezequiel Zamora del Estado Barinas.
El Teniente Coronel (GNB) Leonardo Vinci Bonetto manifestó que los efectivos a su mando detectaron en primer lugar ciento cincuenta y uno (151) piezas en rolas con un diámetro aproximado de 12 x 8 cm3 de la especie teca para un total aproximado de 35 mt3, y ciento veinte (120) piezas en rolas con un diámetro aproximado de 4 x 2 cm3 de la especie apamate para un total aproximado de 10 mt3, en el sector Alberto Carnevalli del municipio Antonio José de Sucre.
El procedimiento de estas especies madereras tienen una particularidad, los militares al hacer las inspecciones notaron situaciones extrañas que les obligo a profundizar las revisiones, detectándose ocultos debajo de una gran cantidad de el lote de madera ya descrito.
El segundo procedimiento se efectuó en una finca, ubicada en la vía El Jobo, sector El Jobo, parroquia Pedraza La Vieja del municipio Ezequiel Zamora.Allí se efectuó la retención preventiva de aproximadamente un metro con seiscientos centímetros cúbicos (1,600 m3) de madera aserrada de la especie denominada caoba, una (01) motosierra marca: Stihl, modelo: Magnum MS-650, color naranja y blanco, con una espada de 93 cm y una cadena de 51 dientes y una (01) motosierra marca Husquarna, modelo 2013, color naranja, La Causa: Aprovechamiento de productos forestales sin autorización del Ministerio del Poder Popular para el Ambiente, por lo que se presume una transgresión al artículo 103, numeral 3 de la Ley de Bosque.
En otra actuación los militares de este mismo pelotón lograron decomisar 2.400 unidades de envases de loción corporal termo activo cuyo valor se estimó en aproximadamente 132.000,00 Bs.
-Esta mercancía la llevaban desde la ciudad de Maracay Estado Aragua y con destino a la ciudad de San Cristóbal Estado Táchira. Causa: No poseer permiso sanitario de la empresa expendedora, para la comercialización y distribución de los referidos medicamentos sin autorización del Ministerio del Poder Popular para la Salud, presunta transgresión al artículo: 18, 26, 66 Y 67 de la Ley de Medicamentos – finalizo Vinci Bonetto.-



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