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martes, 27 de agosto de 2013

Harina De trigo, sorgo y arroz retuvo la GNB

EN ANTONIO JOSÉ DE SUCRE


prensad14@gmail.com

Actuaciones relevantes de la 2da compañía del Destacamento 14 reportó el Teniente Coronel (GNB) Leonardo Vinci Bonetto, comandante de esa unidad operativa militar.
Dijo que las revisiones que de manera rutinaria se realizan en los distintos puntos de control del municipio Antonio José de Sucre, siguen dando excelentes resultados en pro de la soberanía alimentaria de construcción y territorial de la patria.
-En el punto de control “Rio Socopó” –inicio el Comandante del D14 - se decomisaron 400 sacos de harina de trigo cuya presentación unitaria es de 45 kilos, para un total de 18.000 Kilogramos valorados aproximadamente en 187.000 Bolívares. La causa de la acción fue: presunta infracción al artículo n° 111 numeral 1 y 112 numeral 2, de la ley de la defensa de las personas en el acceso a los bienes y servicios pues la guía de movilización emitida por el SADA debería transportar la cantidad de trescientos (300) sacos de harina de trigo para un total de trece mil quinientos kilogramos de harina de trigo y al revisar la carga trasladaba la cantidad de cien (100) sacos del producto en excedente en la carga, para un total de cuatro mil quinientos (4.500) kilogramos de harina de trigo.
2550 fargos de arroz, en presentación de un kil, que venían en dos unidades de carga, también quedaron decomisados en el mismo punto de control de este destacamento, ya que al momento de las inspecciones notamos ambigüedad en la factura exhibida, (no especifica la marca y tipo del producto que trasporta, al revisar el producto el empaque no indica la fecha de expiración o tiempo máximo de consumo al igual que el precio de venta al público), según lo estipulado en los artículos 43 numeral 8, 10, articulo 111 numeral 1 y 112 numeral 2 de la ley de la defensa de las personas en el acceso a los bienes y servicios, orden de la oficina del INDEPABIS Barinas.

50 Sacos de sorgo al no presentar las guías de movilización emitidas por el INSAI y SADA que ampara a su vez la movilización de productos Agrícolas no procesados, presumimos que estarían infringiendo los artículos 36 y 72 de la Ley de Salud Agrícola Integral, dicha situación propició su incautación y referirlos a la orden de la oficina del INSAI Barinas.

Por ultimo reseñamos la retención preventiva de 870 sacos de cemento en dos actuaciones diferentes. Una de las acciones se realizó en Bum-bum, la otra en el punto de control Rio Socopó de este municipio. La causa de la actuación fue no cumplir con la cadena de producción distribución y consumo y esta facturado a sobre precio. Infringir al artículo 111 numeral 1 y 113 de la ley para la defensa de las personas en el acceso a los bienes y servicios (DEPABIS) y Desvío de ruta, Según lo estipulado en los artículos, 111 Y 143 la Ley de la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios.
Detención de ciudadanos
Solicitados y vehículos recuperados


En el punto de control Peaje “Santa Bárbara de Barinas” se aprehendieron tres ciudadanos.
Un joven de 28 años de edad resultó requerido por el Juzgado Primera Instancia de Control Extensión Guasdualito, Estado Apure, desde el 12/06/2013 y el Juzgado Segundo de Control Nº 2 de la Circunscripción Judicial de estado Barinas, desde el 16/08/2012.
Otro ciudadano de 32 años de edad esta solicitado: Por el Juzgado del Municipio Ezequiel Zamora del estado Barinas, desde el 23/09/1996, por el delito Robo.
La unidad tipo automóvil, marca Ford, modelo Fiesta 1.6, año 2.013, color azul, placas EAL-94T, fue señalado por supuestamente encontrase produciendo ruidos molestos con el equipo de sonido, delito tipificado en el artículo Nº 508, del Código Penal Venezolano.
Cada uno de estos casos está en manos de los organismos correspondientes que continuaran las acciones respectivas – finalizó Vinci Bonetto.-

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