EN LA CARAMUCA - BARINAS
• Las acciones se llevan a cabo en cumplimiento a las disposiciones del gobierno nacional y regional en materia de soberanía alimentaria.-
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Importantes cantidades de aceite, arroz, azúcar, verduras y hortalizas fueron retenidas de manera preventiva en el punto de control La Caramuca de la Guardia Nacional Bolivariana, a la salida de Barinas, por presuntas irregularidades en su traslado.
El Teniente Coronel (GNB) Leonardo Vinci Bonetto indicó que los militares de la 1era compañía llevaron a cabo las acciones en resguardo a la soberanía alimentaria de la población venezolana.
-5.750 kilogramos de papas, cebollas y zanahorias que venían desde el Estado Tachira con destino a la capital barinesa se retuvieron ya que la guía única de movilización presentada por el chofer, no cumple con los requisitos exigidos para amparar la movilización del rubro (Presunta infracción a lo estipulado en el artículo 87 de la Ley de Salud Agrícola Integral).
200 fardos de arroz y 300 de azúcar, que representan 12.000 kilogramos de los productos procedentes de Araure, estado Portuguesa, con destino a Santa Bárbara, estado Barinas presuntamente infringieron el artículo 147 numeral 7 de la Ley Orgánica de Seguridad y Soberanía Agroalimentaria. (Interrupción del ciclo agroalimentario en la distribución; en labores de inteligencia se constató los dos códigos pertenecen a una misma persona o empresa, la cual no cuenta con la infraestructura de automercado y supermercado).
1250 Fardos de arroz presentación regulada cuyo peso se estimó en 30.000 kilogramos, procedente de Araure, estado Portuguesa, con destino a San Cristóbal, estado Táchira, no presentó el registro sanitario, en el rotulado del producto. (Presunta infracción a lo estipulado en el artículo 43 de la Ley Para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y servicios).
Por último se reseña 450 bultos de aceite de soya de 12 x 1lts con un peso aproximado de 5.400 kilos que llevaban desde la ciudad de Tinaquillo, estado Cojedes, con destino San Cristóbal, estado Táchira no posee el rotulado de la fecha de emisión y fecha de vencimiento. (Presunta infracción a lo estipulado en el artículo 31 y 37 del Reglamento General de Alimentos).
Cada uno de estos casos se colocaron a órdenes de los organismos correspondientes que continuaran con las investigaciones y establecerán las responsabilidades respectivas.- finalizó Vinci Bonetto.-
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